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Deducciones limitadas e ilimitadas en el impuesto sobre la renta de personas naturales

dc.contributor.advisorGuzmán Marín, Reinel José
dc.contributor.authorPastrana Beltrán, Daniela
dc.contributor.authorTuberquia Chica, Leidy Daniela
dc.date.accessioned2026-07-22T15:51:53Z
dc.date.issued2026
dc.description.abstractA lo largo de los años, las normas que definen el impuesto que pagan las personas físicas en Colombia han sido modificadas en distintas ocasiones, y esa sucesión de cambios ha ido tejiendo un andamiaje legal de gran complejidad. Dentro de ese marco, el tratamiento que reciben unos y otros gastos deducibles se ha convertido en un aspecto central. Hay, por un lado, aquellos descuentos que operan con restricciones de monto: algunos se miden en UVT, y todos ellos están sometidos además a una barrera global del 40 % sobre el ingreso neto que reporta el contribuyente en la cédula general. Esa categoría incluye, por mencionar algunos casos, el interés pagado por créditos hipotecarios, cuyo descuento anual no puede rebasar 1.200 UVT (artículo 119); las sumas destinadas a pólizas de salud, con un tope mensual de 16 UVT (artículo 387); el rubro que se reconoce por familiares a cargo, cuyo límite está en el 10 % de los ingresos brutos o en 32 UVT al mes, el que sea menor (artículo 387); los depósitos voluntarios en fondos de pensiones y cuentas AFC, cuyo máximo es el más bajo entre el 30 % del ingreso y 3.800 UVT (artículos 126-1 y 126-4); y la mitad del impuesto a las operaciones financieras, que no tiene un tope propio pero sí queda dentro de la restricción conjunta (artículo 115). Existe, sin embargo, una segunda clase de beneficios que están exentos de esas mismas barreras, de modo que no restan capacidad dentro del cupo del 40 % ni del techo de 1.340 UVT. En concreto, son dos: una compensación del 1% del valor de los bienes o servicios adquiridos mediante factura electrónica, cuyo límite anual es de 240 UVT y no es necesario acreditar la vinculación con la fuente de ingresos (artículo 336, inciso 5); y un monto adicional de 72 UVT correspondiente a cada miembro de la familia, a partir del segundo, hasta un máximo de cuatro (artículo 387.2). En las siguientes páginas se examina esta diferenciación revisando los artículos 107, 115, 119, 126-1, 126-4, 206, 336 y 387 de la Ley Tributaria, las normas de la DIAN y la literatura especializada. Para lograrlo se utilizó una perspectiva cualitativa con un diseño descriptivo y documental, y se utilizó el análisis como recurso para descomponer el tema en sus componentes normativos y explorarlos por separado. Entre los hallazgos más relevantes se encuentra que, tras la Ley 2277 de 2022, el límite de rentas exentas y deducciones se redujo drásticamente de 5.040 UVT a 1.340 UVT, al tiempo que se crearon estas dos deducciones que operan por fuera de ese tope. Estas figuras, al no consumir el cupo global, se constituyen en instrumentos valiosos de planeación tributaria, pero también generan brechas de equidad horizontal, pues su aprovechamiento depende del acceso a medios de pago electrónicos y de la estructura familiar del contribuyente. El caso práctico desarrollado evidencia que el uso de las deducciones ilimitadas puede reducir la base gravable en más de ocho millones de pesos, lo que repercute directamente en el impuesto final a cargo. Se concluye que el diseño normativo vigente, si bien persigue fines recaudatorios y de justicia social, puede estar profundizando desigualdades entre contribuyentes de igual capacidad económica, y se recomienda a los contribuyentes documentar adecuadamente estas deducciones y a los legisladores evaluar su impacto redistributivo.
dc.description.degreelevelPregradospa
dc.description.degreenameContador(a) Público(a)spa
dc.format.extent30 p.
dc.format.mimetypeapplication/pdfspa
dc.identifier.urihttps://repositorio.uniremington.edu.co/handle/123456789/10148
dc.language.isospaspa
dc.publisherCorporación Universitaria Remingtonspa
dc.publisher.facultyFacultad de Ciencias Contablesspa
dc.publisher.placeMedellín (Antioquia, Colombia)spa
dc.publisher.programContaduría Públicaspa
dc.rightsDerechos Reservados - Corporación Universitaria Remington, 2026spa
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.rights.coarhttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2spa
dc.rights.licenseAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)spa
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/spa
dc.subjectDeducciones tributariasspa
dc.subjectPersonas naturalesspa
dc.subjectImpuesto sobre la rentaspa
dc.subjectEstatuto tributariospa
dc.subjectLímite del 40 %spa
dc.subject.lembImpuestos a la renta
dc.subject.lembDeclaraciones de renta
dc.subject.lembImpuestos sobre la renta
dc.titleDeducciones limitadas e ilimitadas en el impuesto sobre la renta de personas naturalesspa
dc.typeTrabajo de grado - Pregradospa
dc.type.coarhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fspa
dc.type.coarversionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85spa
dc.type.contentTextspa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisspa
dc.type.localTesis/Trabajo de grado - Monografía - Pregrado
dc.type.redcolhttp://purl.org/redcol/resource_type/TPspa
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersionspa
dspace.entity.typePublicationspa

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