Atribución-No Comercial-Sin Derivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)Mendieta González, David2023-11-292023-11-2920082011-7325https://repositorio.uniremington.edu.co/handle/123456789/1829El artículo 4° de la Constitución Política colombiana prevé la posibilidad de inaplicar cualquier norma de rango inferior por ser contraria al texto constitucional, pero después de 16 años de vigencia de nuestra Carta Magna, poco se ha hecho uso de la figura, en parte por desconocimiento de la misma, en parte por el temor de los jueces al prevaricato, queda mucho en Colombia de aquel culto ciego a la ley y se requieren mecanismos que permitan hacer uso de la excepción de inaplicación constitucional en condiciones de seguridad jurídica.application/pdfspaDerechos Reservados - Corporación Universitaria Remingtonsupremacía constitucionalcontrol de constitucionalidadinaplicaciónconstituciónjuezservidor públicoLa inaplicación de normas por su inconstitucionalidad como forma de control: Algunos aspectos relevantes de esta figuraArtículo de revistainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf114