Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)Collazos Solano, Elvio HernánRodríguez Ramírez, Cesar AugustoCórdoba Maquilón, Jacinto2021-10-042021-10-042020https://repositorio.uniremington.edu.co/handle/123456789/144El propósito del presente escrito busca dar respuesta, desde una perspectiva jurídica frente a la conciliación materia contencioso administrativa. En el Estado Colombia la conciliación en el área del Derecho Contencioso Administrativo, se abrió paso con la entrada en de la Ley 23 de 1991, y se rompen paradigmas acerca de la imposibilidad de conciliar en asuntos en los cuales se encuentra incluido el Estado, y es de anotar que por muchas circunstancias culturales, históricas, jurídicas y políticas, conciliación, judicial y prejudicial, estaban proscritas en materia de derecho administrativo, por cuanto se había naturalizado que la solución los conflictos que se planteaban ante los Tribunales Administrativos y el Consejo de Estado, se realizaren, exclusivamente a través del proceso judicial como único mecanismo valido, considerando que el Estado tiene facultad absoluta de imponerse a los particulares sin contraprestaciones algunas.8 p.application/pdfspaDerechos Reservados - Corporación Universitaria Remington, 2024ConciliaciónDerecho Contencioso AdministrativoLa conciliación en materia contencioso administrativa. EnsayoTrabajo de grado - Especializacióninfo:eu-repo/semantics/closedAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_14cbConciliaciónRecurso contencioso administrativoRecursos administrativos