Atribución-No Comercial-Sin Derivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)Brunetti, Andrea Mariel2023-11-292023-11-2920112011-7224https://repositorio.uniremington.edu.co/handle/123456789/1875Ante la problemática que se sucita en virtud de los conflictos de  restitución internacional de niños por sustracción o retención ilícita parental, es sumamente necesario e ineludible adoptar por parte de los Estados, procedimientos judiciales prestos y expeditivos, a los efectos de lograr el cumplimiento cierto de la garantía de restitución que consagran los Convenios Internacionales suscriptos con miras a la protecciòn internacional de los niños, niñas y adolescentes. Sin la debida celeridad, se frusta el objetivo inmediato de los mismos, causándose graves e irreparables perjuicios a los más vulnerables. Precisamente, es a través del debido proceso judicial que se logra la concreción de la garantía constitucional de tutela judicial efectiva en tiempo razonable, respetándose la defensa en juicio y el derecho del niño de ser oído, puntal de los derechos humanos y cimera expresión del respeto a la dignidad humana.application/pdfspaDerechos Reservados - Corporación Universitaria Remingtonrestitución internacionalproceso urgentedebido procesodefensa de juiciodefensa en juicioderechos de los niños, niñas y adolescentes a ser oídosinterés superiortutela judicial efectivaderechos humanosRestitución internacional de menores:¿Proceso urgente? Debido procesoArtículo de revistainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf13